Art. Segundo

En vigor desde 31 jul 2024
En los casos en los que se requiera la nota media de la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria o de cualquiera de sus cursos para participar en un proceso selectivo, de admisión o para otro trámite administrativo, la Comisión responsable de dicho proceso podrá utilizar la información contenida en la presente resolución y sus anexos para calcular la nota media de los expedientes de estudios extranjeros no universitarios, como un procedimiento al margen de la homologación o convalidación.
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eli/es/res/2024/07/03/(2)#segundo

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