Art. Tercero

En vigor desde 16 abr 2017
Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2017/04/03/(1)#tercero

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil