Art. Primero
En vigor desde 23 abr 1997
Se autoriza la instalación de ascensores dotados de sistema de propulsión situado en el hueco del ascensor y, por consiguiente, sin cuarto de máquinas, siempre que se adopten, como compensación y complemento del resto de prescripciones de la ITC MIE-AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobada por Orden de 23 de septiembre de 1987 y modificada por Orden de 12 de septiembre de 1991, las medidas técnicas que se indican en anexo a la presente Resolución.
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Proeli/es/res/1997/04/03/(1)#primero