Art. Sexto

En vigor desde 1 oct 2016
Se aprueba un tratamiento transitorio de los ajustes de repartos definitivos anteriores al 1 de octubre de 2016, y que no hayan sido imputados a los usuarios antes de dicha fecha, al objeto de que el 1 de octubre de 2016 todos los usuarios en el Punto Virtual de Balance (PVB) puedan comenzar el día de gas con existencias iniciales cero, según la metodología expuesta a continuación. A efectos del tratamiento de la información de repartos definitivos relativa a meses de gas anteriores a octubre de 2016 y cuyos ajustes se encuentren pendientes de imputación en el Sistema Logístico de Acceso de Terceros a la Red (SL-ATR) a los usuarios en esa fecha, se procederá de la siguiente forma: 1. En los primeros 15 días del mes de octubre de 2016: a. El Gestor Técnico del Sistema facturará los desbalances en PVB correspondientes al mes de septiembre de 2016 aplicando la normativa en vigor hasta el 30 de septiembre de 2016. Esta facturación de desbalances en PVB será única y última y no se verá afectada por revisiones posteriores. b. El Gestor Técnico del Sistema calculará el nivel de existencias en la red de transporte del usuario a fecha 30 de septiembre de 2016. Antes del 15 de octubre de 2016 el Gestor Técnico del Sistema comunicará a cada usuario el volumen que le corresponde, y procederá a asignar, en el balance del usuario una entrada o salida de gas en el PVB con fecha 30 de octubre de 2016. 2. En los primeros 10 días del mes de enero de 2017: a. El Gestor Técnico del Sistema calculará la diferencia entre los repartos definitivos recibidos en el SL-ATR para los meses anteriores a la entrada en vigor de la Circular de Balance, y que no hayan sido imputados a los usuarios, incluyendo posibles rectificaciones de repartos ya cerrados recibidos en el SL-ATR, y los repartos diarios disponibles en el SL-ATR de los mismos meses. Estas diferencias se comunicarán a los usuarios antes del 15 de enero de 2017. b. Si las diferencias son positivas (el usuario tiene más existencias en la red de transporte de las que se le ha devuelto con anterioridad) el Gestor Técnico del Sistema asignará en el balance del usuario, al inicio del día de gas del 30 de enero de 2017, una entrada de gas en el PVB por el valor de dichas diferencias; en caso de ser las diferencias negativas (el usuario tiene menos existencias en la red de transporte de las que se le ha devuelto con anterioridad), el Gestor Técnico del Sistema asignará en el balance del usuario, al inicio del día de gas del 30 de enero de 2017, una salida de gas en el PVB por el valor de dichas diferencias. 3. En los primeros 10 días del mes de enero de 2018: a. El Gestor Técnico del Sistema calculará la diferencia entre los repartos definitivos recibidos en el SL-ATR para los meses anteriores a la entrada en vigor de la Circular de Balance, y que no hayan sido imputados a los usuarios, incluyendo posibles rectificaciones de repartos ya cerrados recibidos en el SL-ATR, y los repartos diarios disponibles en el SL-ATR de los mismos meses. Estas diferencias se comunicarán a los usuarios antes del 15 de enero de 2018. b. Si las diferencias fueran positivas (el usuario tiene más existencias en la red de transporte de las que se le ha devuelto con anterioridad) el Gestor Técnico del Sistema asignará en el balance del usuario el día de gas del 30 de enero de 2018, una entrada de gas en el PVB por el valor de dichas diferencias; en caso de ser las diferencias negativas, (el usuario tiene menos existencias en la red de transporte de las que se le ha devuelto con anterioridad), el Gestor Técnico del Sistema asignará en el balance del usuario, el día de gas del 30 de enero de 2018, una salida de gas en el PVB por el valor de dichas diferencias.
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eli/es/res/2016/09/28/(3)#sexto

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