Art. Octavo

En vigor desde 14 mar 2018
1. La UNED organizará la evaluación de Bachillerato de los estudiantes matriculados en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 2. Las pruebas versarán sobre las materias establecidas en el artículo 3 de la Orden ECD/42/2018, de 25 de enero. 3. Estas pruebas se realizarán en los centros de examen de la UNED o en los lugares que acuerde el órgano competente de esta Universidad. Asimismo, siempre que el número de estudiantes así lo justifique, la UNED podrá organizar la prueba en aquellos países en los que exista Consejería de Educación, u oficina con funciones delegadas, en la Embajada de España en dicho país.
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eli/es/res/2018/02/28/(3)#octavo

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