Art. Quinto
En vigor desde 3 feb 2015
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, su aplicación efectiva tendrá lugar cuando hayan finalizado las operaciones técnicas de puesta en producción.
Esta resolución se publicará en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Historial de versiones
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Proeli/es/res/2015/01/28/(3)#quinto