Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 7 nov 1998
Se modifica la redacción del párrafo decimosexto del apartado dos.3.1 de la Resolución de 24 marzo de 1992, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, que pasa a tener la siguiente redacción:
«El Equipo de Coordinación de Actuaciones Especiales tendrá a su cargo la realización de actuaciones inspectoras cerca de grupos económicos, así como la comprobación de aquellos contribuyentes que, por estar comprendidos en el apartado Dos.2.2 de la presente Resolución, o por determinarse así expresamente de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de la Inspección de los Tributos, le sea encomendada.»
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 27, de 1 de febrero de 1999. Ref. BOE-A-1998-2433 .
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Proeli/es/res/1998/10/27/(1)#disposicion-adicional-cuarta