Art. Sexto

En vigor desde 9 ene 2025
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2024/11/27/(2)#sexto

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil