Art. Segundo
En vigor desde 28 mar 2020
Considerar incluidos a efectos de lo previsto en el punto primero, los siguientes créditos:
Evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
Desarrollo de acciones de calidad en formación profesional del sistema educativo español.
Financiar el impulso a la Formación Profesional Dual.
Formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado.
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Proeli/es/res/2020/03/27/(4)#segundo