Capítulo II. Requisitos generales
Art. Primero
En vigor desde 1 ene 2013
Con el Fondo de Asistencia Social (FAS) se prestarán ayudas económicas que atenderán las circunstancias especiales y de extrema necesidad en que puedan encontrarse los mutualistas, derivadas de situaciones como las siguientes:
a) Enfermedad celíaca.
b) Enfermedades crónicas y oncológicas.
c) Estados de extrema necesidad.
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Proeli/es/res/2012/12/26/(1)#primero