Art. Primero
En vigor desde 7 jun 2012
Se crea el Sello Electrónico de la Dirección General del Catastro, con las características siguientes:
a) La titularidad, así como la responsabilidad de la utilización y custodia del sello que se crea mediante esta resolución corresponde a la Dirección General del Catastro, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
b) Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad y de la política de firma electrónica y certificados de la Administración General del Estado, que son las que constan en la Declaración de Practicas de Certificación aprobadas por la Fabrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que pueden ser objeto de consulta en la dirección https://www.cert.fnmt.es/dpc/ape/dpc.pdf
c) La verificación del certificado podrá realizarse a través del servicio VALIDE de la plataforma de validación de certificados de la Administración General del Estado, que estará accesible desde la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro https://www.sedecatastro.gob.es/
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Proeli/es/res/2012/05/23/(2)#primero