Art. [preambulo]

En vigor desde 1 feb 2022
En el marco del Plan General de Actuación 2018-2021 y dentro de la Estrategia de mejora de la experiencia del visitante en el Museo y en el uso de sus servicios y recursos, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía plantea entre sus Objetivos el de atraer nuevos públicos, fomentando el conocimiento crítico sobre el arte moderno y contemporáneo. El organismo pretende lograr una mayor diversificación de opciones de visita al Museo con el fin de captar recursos e incentivar las visitas. Asimismo, la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía inspira las líneas de actuación del Museo hacia el afianzamiento de su posición como museo sostenible, tal y como se recoge en el preámbulo de la ley reguladora, y sostenido por tres pilares básicos: la responsabilidad social y medioambiental, la financiación basada en estrategias a largo plazo y la investigación y formación cultural y artística en sus diversas manifestaciones. Transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor de la actual Resolución de visita pública –Resolución de 5 de julio de 2017, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el propio funcionamiento del organismo demanda una revisión de su contenido, con el fin de incrementar su sostenibilidad, manteniendo el equilibrio de estos tres pilares básicos que giran en torno a una mayor responsabilidad, un incremento de la financiación alineado con el compromiso de servicio público y un enriquecimiento de la programación expositiva y de actividades públicas. Con esta finalidad, el Museo se plantea la modificación del régimen de visita, con el objetivo principal de actualizar los actuales precios de las diversas modalidades de entradas, de manera acorde a los objetivos anteriormente citados y manteniendo, por otra parte, el régimen de exenciones, precios reducidos y horarios de gratuidad que aportan el equilibrio necesario para garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso a la cultura. En virtud de lo expuesto, conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, y previa autorización del Ministerio de Cultura y Deporte, prevista en el artículo 20.1 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, dispongo:
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eli/es/res/2021/12/21/(5)#preambulo-pr

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