Art. [preambulo]

En vigor desde 12 dic 2020
Vista la Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se aprueban las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19 Considerando lo siguiente: 1. Teniendo en cuenta la evolución del riesgo epidemiológico, estas medidas tienen un carácter dinámico y deberán someterse a una valoración periódica en función de los cambios en la transmisión de la pandemia. 2. De conformidad al aparado cuarto de la resolución de 9 de julio de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo adoptará las modificaciones de las Directrices operativas atendiendo a la naturaleza, dificultad y medios necesarios para su implementación. En este sentido, el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo reunido el 19 de noviembre de 2020 informó favorablemente la nueva versión de las directrices. 3. La Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, publicado en BOE núm. 298, de 12 de noviembre de 2020. 4. Estas directrices deben actualizarse para garantizar que guarden proporción con la evolución de la pandemia. En virtud de lo anterior, esta Agencia, resuelve:
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eli/es/res/2020/11/20/(2)#preambulo-pr

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