Art. [preambulo]

En vigor desde 5 ene 2023
La Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, regula la naturaleza, la finalidad y el régimen jurídico del FROB y, en su artículo 54.7, prevé que su Comisión Rectora aprobará un reglamento de régimen interno que, inspirándose en los principios de buena gestión, objetividad, transparencia, concurrencia y publicidad, contenga las normas que rigen su actuación en el ámbito económico, financiero, patrimonial, presupuestario, contable, organizativo y procedimental, así como las líneas básicas de su política de propiedad sobre las entidades de crédito a las que haya aportado apoyo financiero público y los mecanismos internos de control del gobierno del FROB. La presente resolución consta de un artículo único, una disposición derogatoria y una disposición final. El artículo único aprueba un nuevo reglamento de régimen interno del FROB, que viene a sustituir al hasta ahora vigente, aprobado por Resolución de la Comisión Rectora del FROB en su sesión de 15 de diciembre de 2014, que queda, en consecuencia, derogado. La disposición final única establece que la resolución entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del Código Civil. El nuevo reglamento cuenta con 25 artículos y está dividido en cinco capítulos, cuyo contenido es el siguiente. Las principales novedades obedecen a cambios de sistemática, simplificación normativa y adecuación a la legislación vigente. El Capítulo I incorpora un único artículo dirigido a delimitar el objeto del reglamento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.7 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. El Capítulo II incluye la regulación de los órganos de gobierno del FROB (la Comisión Rectora y la Presidencia), así como la del Comité de Auditoría, cuya función es la de informar y asesorar a la Comisión Rectora en materias de auditoría externa, sistemas de control interno, así como en aspectos financieros y contables del FROB. El capítulo se divide en tres secciones a fin de diferenciar la regulación correspondiente a cada uno de los órganos. El Capítulo III tiene por objeto definir la organización interna de la entidad, tanto en lo relativo a sus órganos de dirección, como las cuestiones relacionadas con su régimen de personal. El Capítulo IV incluye disposiciones en materia de contratación, precisando el ámbito de actuación de los órganos de contratación, y en materia de régimen económico, tanto en lo relativo a los mecanismos de financiación de la entidad, como a su régimen presupuestario y contable. El Capítulo V concreta el régimen de control del FROB de acuerdo con lo previsto en el artículo 52 de la Ley 11/2015, de 18 de junio. Por último, el Capítulo VI incluye un único artículo dedicado a la política de propiedad sobre las entidades receptoras de apoyo financiero público, sus principios generales y sus líneas básicas de actuación, sin perjuicio del necesario desarrollo y concreción a través de las actuaciones que en cada momento adopte la Comisión Rectora del FROB. En el procedimiento de elaboración del proyecto se ha seguido lo establecido en la Ley 11/2015, de 18 de junio, y, subsidiariamente, en lo que es aplicable, lo previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Asimismo, se han tenido en consideración los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Comisión Rectora del FROB adopta esta resolución por la que se aprueba el Reglamento de régimen interno, de acuerdo con la habilitación contenida en el artículo 54.7 de la Ley 11/2015, de 18 de junio. En su virtud, la Comisión Rectora del FROB, en su sesión de 2 de diciembre de 2022, de acuerdo con el Consejo de Estado, acuerda:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2022/12/02/(2)#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil