Art. III. Información contable e informes de auditoría a remitir a la IGAE
En vigor desde 7 abr 2020
1. Procedimiento. La remisión a la Intervención General de la Administración del Estado de la información contable de las entidades del sector público local y, en su caso, de los informes de auditoría de cuentas, prevista en el apartado 2 del artículo 36 del Real Decreto 424/2017, se sustituirá por la obtención directamente por la Intervención General de la Administración del Estado de la citada información del portal de Rendición de Cuentas de Entidades Locales del Tribunal de Cuentas para su integración en el Registro de cuentas anuales del sector público regulado en el artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
La Intervención General de la Administración del Estado acordará con el Tribunal de Cuentas los procedimientos necesarios que permitan la integración de la información en el Registro de cuentas anuales del sector público regulado en el artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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Proeli/es/res/2020/04/02/(2)#iii-informacion-contable-e-informes-de-auditoria-a-remitir-a-la-igae