Art. Primero

En vigor desde 5 oct 2012
La presente resolución será de aplicación a las cuentas justificativas de los pagos a justificar así como a las relativas a la reposición de los anticipos de caja fija que se emitan mediante la utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
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eli/es/res/2012/09/19/(4)#primero

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