Título TÍTULO I
Art. Cláusula II
1. La Administración y las organizaciones sindicales estarán obligadas a negociar, bajo los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia.
2. La Administración y las organizaciones sindicales presentes en los órganos de negociación de la AGE se comprometen a proporcionarse mutuamente la información y documentación técnica que se precise con el fin de facilitar el desarrollo de la negociación.
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Proeli/es/res/2026/05/19/(4)#clausula-ii