Art. Segundo

En vigor desde 20 may 2021
El Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos se incorpora al Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil, como un anexo del mismo, siéndole en todo caso de aplicación lo dispuesto en sus capítulos 1 (disposiciones generales), 5 (órganos de gestión), 9 (integración) y 10 (implantación, mantenimiento y evaluación).
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eli/es/res/2021/05/19/(1)#segundo

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