Art. Tercero
En vigor desde 1 ene 2018
Los incrementos salariales serán para cada uno de los años de vigencia de este Acuerdo:
Una parte fija de en torno a un 2 %.
Una parte variable del 1 % ligada a los conceptos que en cada convenio se determinen, como la evolución de la productividad, resultados, absentismo injustificado y otros, en base a indicadores cuantificados, medibles y conocidos por ambas partes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2018/07/17/(1)#tercero