Secc. 1. Concursos de provisión de puestos de trabajo

Art. Décimo

En vigor desde 20 nov 2018
Se informará a los diferentes candidatos de las valoraciones provisionales otorgadas y se promoverá la publicidad de listados provisionales de adjudicación de los puestos por parte de los órganos convocantes de los concurso de méritos. Las convocatorias recogerán el momento o fecha concreta de tramitación del correspondiente concurso de méritos a partir de la cual no se podrán realizar ya alegaciones a las valoraciones que se han dado a conocer. Esa fecha será objeto de la debida publicidad.
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eli/es/res/2018/11/16/(4)#decimo

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