Art. Cuarto

En vigor desde 1 sept 2006
Mediante el formulario electrónico NOTA se podrán presentar notificaciones a través de Internet firmadas mediante certificado digital de firma reconocido de acuerdo con lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La relación actualizada de certificados de firma válidos para presentar notificaciones en el registro Telemático de la AEPD se podrá consultar en la página web de la AEPD.
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