Art. Tercero
Lo previsto en este acuerdo será de aplicación a las entidades y órganos que cumplan con la definición prevista en el anexo I de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y sus resoluciones de desarrollo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2026/09/10/(1)#tercero