Art. Tercero

En vigor desde 13 nov 2015
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, hasta que no se habiliten los medios técnicos necesarios para realizar el pago telemáticamente a través de la pasarela de pagos de la AEAT, el pago se deberá realizar de forma presencial.
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eli/es/res/2015/11/10/(1)#tercero

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