Art. [preambulo]

En vigor desde 22 may 2015
La Orden Ministerial 81/1993, de 29 de julio («Boletín Oficial de Defensa» número 154), por la que se aprueban las instrucciones para la aplicación del Reglamento de Armas en las Fuerzas Armadas, atribuye en su apartado 1.1 al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, dentro de su ámbito de competencias, la expedición de las autorizaciones a que se refiere el artículo 117 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 55), por el que se aprueba el Reglamento de Armas. A fin de conseguir una mayor eficacia y agilidad administrativa, mediante Resolución 101/2001, de 25 de abril («Boletín Oficial de Defensa» número 111), el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra delegó la citada competencia en el Jefe del Mando de Personal. Sin embargo, atendiendo a la actual estructura orgánica del Mando de Personal, parece oportuno derogar la mencionada resolución, delegando la referida competencia en el Director de Asistencia al Personal. En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme exige la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:
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