Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 13 oct 2020
A la entrada en vigor de la presente Resolución quedarán sin efecto: A) La Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS, con excepción de los apartados y Anexo aplicables a los efectos previstos en la Disposición transitoria segunda. B) La Resolución 4B0/38198/2015, de 21 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS. C) La Resolución 4B0/38370/2019, de 18 de diciembre, del Instituto social de las Fuerzas Armadas, por la que se modifica la Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, sobre cartera de servicios de asistencia sanitaria del ISFAS. D) Cualquier disposición o norma interna sobre la materia objeto de la presente Resolución que hubiera sido dictada por cualquier órgano del ISFAS que contravenga lo establecido en ésta.
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eli/es/res/2020/09/30/4b038303#disposicion-derogatoria

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