Art. 2
En vigor desde 17 jul 2010
2. Características de la sede electrónica del ISFAS
La sede electrónica del ISFAS se crea con las siguientes características:
a) El ámbito de actuación de la sede será el de la totalidad de los procedimientos relativos al ámbito de competencias del Instituto que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
b) La dirección electrónica de referencia de la sede será: https://sede.isfas.gob.es.
c) La titularidad de la sede electrónica corresponde a la Secretaría General del ISFAS.
d) La gestión tecnológica de la sede corresponderá a la Secretaría General del ISFAS.
e) Será responsable de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica, la Secretaría General de ISFAS.
f) Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la Sede:
Para la gestión electrónica, se accederá a través de Internet con las características definidas en la propia sede.
Para la gestión presencial, las oficinas del Organismo, tanto de carácter central como territorial, conforme a las competencias definidas en las normas reguladoras de la organización del mismo, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para la atención telefónica, el número 900 50 43 26.
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Proeli/es/res/2010/07/08/4b038162#2