Art. 1

Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447

Artículo 1 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 se modifica como sigue: 1) El artículo 158 se modifica como sigue: a) el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   El importe de la garantía global contemplada en el artículo 95, apartado 3, del Código se reducirá al 30 % de las partes del importe de referencia determinadas con arreglo al artículo 155, apartado 2, y al artículo 155, apartado 3, letras a) y c), del presente Reglamento.» y b) se añade el apartado 3 siguiente: «3.   Las autoridades aduaneras competentes controlarán si los operadores económicos autorizados que se acogen a la reducción contemplada en el apartado 2 para la parte del importe de referencia determinado de conformidad con el artículo 155, apartado 3, letra c), cumplen los criterios del artículo 39 del Reglamento (UE) n.o 952/2013 y, en caso necesario, adoptarán las medidas adecuadas de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) n.o 952/2013. Esto se entiende sin perjuicio de la obligación general de supervisión a que se refiere el artículo 23, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 952/2013.» . 2) En el anexo B, título II, «Códigos en relación con los requisitos comunes en materia de datos para las declaraciones y notificaciones», la nota explicativa que figura a continuación del cuadro del elemento de dato 11 10 000 000 («Régimen adicional») se sustituye por el texto siguiente: «En el caso de las declaraciones en aduana de despacho a libre práctica mencionadas en la columna H7, solo podrán utilizarse los códigos de régimen adicional C08, F48 y F49 y F53 que estén específicamente autorizados para esta columna.». 3) En el anexo B, título II, «Códigos en relación con los requisitos comunes en materia de datos para las declaraciones y notificaciones», elemento de dato 14 03 000 000 («Derechos e impuestos»), en el cuadro que enumera los códigos aplicables en el subelemento 14 03 039 000 «Tipo de tributo», se añade la entrada siguiente al final del cuadro: Código Descripción «F00 Tasa de gestión de la Unión».
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