Art. 1

Artículo 1 1.   Se establece un derecho compensatorio provisional sobre las importaciones de papel térmico ligero, definido como aquel papel térmico con un gramaje igual o inferior a 65 g/m2, que se vende en rollos de una anchura igual o superior a 20 cm, con un peso igual o superior a 50 kg (incluido el papel) y con un diámetro igual o superior a 40 cm (rollos de gran tamaño); que puede llevar o no una capa de base en uno o en ambos lados, con una capa termosensible física o química (es decir, una capa que revela una imagen cuando se le aplica calor) por uno o ambos lados, y que puede llevar o no una capa superior, clasificado actualmente en los códigos NC ex 4809 90 00 , ex 4811 90 00 , ex 4816 90 00 y ex 4823 90 85 (códigos TARIC 4809 90 00 10, 4811 90 00 10, 4816 90 00 10 y 4823 90 85 20), y originario de la República Popular China. 2.   Los tipos del derecho compensatorio provisional aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: Empresa Derecho compensatorio (%) Código TARIC adicional Guandong Guanhao High-Tech Co. 28,8 88FO Todas las demás importaciones originarias de la República Popular China 70,5 8999 3.   La aplicación de los tipos del derecho compensatorio individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el (volumen en toneladas) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por Guandong Guanhao High-Tech Co, con código TARIC adicional 88FO, en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Mientras no se presente esta factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a todas las demás importaciones originarias de la República Popular China. 4.   El despacho a libre práctica en la Unión del producto mencionado en el apartado 1 estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional. 5.   Salvo especificación en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes pertinentes en materia de derechos de aduana.
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celex:32026R1914#art-1

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