Art. 135
Relaciones con otros mecanismos de protección previstos en el Derecho nacional
En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 135
Relaciones con otros mecanismos de protección previstos en el Derecho nacional
1. Lo dispuesto en el presente Reglamento se entenderá sin perjuicio de las disposiciones del Derecho de la Unión o del Derecho de un Estado miembro aplicables en materia de diseños no registrados, marcas comerciales u otros signos distintivos, patentes, modelos de utilidad, caracteres tipográficos, responsabilidad civil o competencia desleal.
2. Los diseños protegidos por un diseño de la UE podrán acogerse asimismo a la protección conferida por los derechos de autor a partir de la fecha en que el diseño haya sido creado o fijado sobre cualquier soporte, siempre que se cumplan los requisitos del Derecho en materia de derechos de autor.
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