Art. 111

Comunicación de información incluida en los expedientes

En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 111 Comunicación de información incluida en los expedientes Siempre que se respeten las restricciones previstas en el artículo 109, la Oficina podrá, previa petición, comunicar información procedente de cualquier expediente de cualquier procedimiento relativo a una solicitud de un diseño de la UE o a un diseño de la UE registrado.
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