Art. 1

Autorización

En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 1 Autorización Se autoriza como aditivo en la alimentación animal la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos tecnológicos» y a los grupos funcionales «estabilizantes» y «espesantes», en las condiciones establecidas en ese anexo.
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