Art. 1

Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002

En vigor desde 5 mar 2026
Artículo 1 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 se modifica como sigue: 1) El artículo 3 se modifica como sigue: a) en el apartado 1, se añade la letra d) siguiente: «d) el anexo I, punto 6, si el brote primario se ha confirmado en una región de notificación y envío de informes enumerada en el anexo IV, y si el brote ha sido causado por: i) un nuevo serotipo que se haya detectado por primera vez en esa región de notificación y envío de informes, o ii) un serotipo que circulaba en años anteriores, pero que se ha detectado por primera vez en esa región de notificación y envío de informes en el nuevo período de transmisión anual del año objeto de informe.»; b) en el apartado 2, se añade la letra d) siguiente: «d) el anexo I, punto 6, si dichos brotes secundarios se han confirmado en una región de notificación y envío de informes enumerada en el anexo IV, y si el brote ha sido causado por un serotipo que circulaba anteriormente, pero se ha detectado por primera vez en dicha región de notificación y envío de informes en el nuevo período de transmisión anual del año objeto de informe.»; c) se añade el apartado 4 siguiente: «4.   La autoridad competente notificará cualquier actualización de la información pertinente relativa a cada brote, tal como se establece en el anexo II, una vez que disponga de nueva información.» . 2) Los anexos I, IV y VI se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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