Art. 22

Objetivos

En vigor desde 16 dic 2025
Artículo 22 Objetivos 1.   El Instrumento de Apoyo a Ucrania contribuirá a la recuperación, reconstrucción y modernización de la BITD ucraniana con vistas a aumentar su disponibilidad industrial en materia de defensa, teniendo en cuenta su posible integración futura en la BITDE, mediante la cooperación entre la Unión y Ucrania, mejorando así la estabilidad, la seguridad, la paz, la prosperidad, la resiliencia y la sostenibilidad mutuas. 2.   El objetivo establecido en el apartado 1 se perseguirá haciendo hincapié en la mejora de la cooperación transfronteriza entre la BITDE y la BITD ucraniana, teniendo en cuenta las necesidades de Ucrania por lo que respecta al refuerzo de la industria y a las adquisiciones en el ámbito de la defensa, mediante la creación o la potenciación de las capacidades de fabricación en consonancia con las normas de la OTAN y otras normas pertinentes, la protección de los activos, la asistencia técnica y el intercambio de personal, el refuerzo de una cooperación en materia de adquisiciones en común de productos de defensa en la que participen Ucrania y la BITD ucraniana, incluido el mantenimiento de tales productos, y la cooperación en materia de concesión de licencias de producción gracias a asociaciones público-privadas u otras formas de cooperación, como las empresas conjuntas. Se prestará especial atención al objetivo de ayudar a Ucrania a adaptarse progresivamente a las reglas, normas, políticas y prácticas de la Unión con vistas a su futura adhesión a la Unión.
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