Art. 1

Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2335

En vigor desde 15 dic 2025
Artículo 1 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2335 El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2335 se modifica como sigue: 1) en el artículo 1, se añade el párrafo segundo siguiente: «Las emisiones de CO2 de referencia ajustadas a que se refiere el punto 2 del anexo II del Reglamento (UE) 2019/1242 para el período de comunicación del año 2025 y siguientes se establecen en el anexo del presente Reglamento.»; 2) se inserta el artículo 1 bis siguiente: «Artículo 1 bis Especificación de los vehículos representativos para i = 1 Para determinar las emisiones de CO2 de referencia ajustadas (i = 1), los vehículos representativos específicos de los subgrupos de vehículos 4-UD, 4-RD, 4-LH, 5-RD, 5-LH, 9-RD, 9-LH, 10-RD y 10-LH son vehículos incluidos en el registro central a que se refiere el artículo 13 quater del Reglamento (UE) 2019/1242, notificados en el período de comunicación del año 2019 y etiquetados como representativos en el registro central. Las cargas útiles que deben utilizarse para determinar las emisiones de CO2 se definen en el punto 2.5.1 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/1242. La ponderación estadística a que se refiere el punto 1 del anexo II del Reglamento (UE) 2019/1242 será “1” para todos los vehículos representativos.» ; 3) el anexo del Reglamento (UE) 2025/2335 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
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