Art. 15
Presunción de conformidad de los juguetes
En vigor desde 26 nov 2025
Artículo 15
Presunción de conformidad de los juguetes
Se presumirá que los juguetes conformes con normas armonizadas o partes de ellas, cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, cumplen con los requisitos esenciales de seguridad en la medida en que tales requisitos estén amparados por dichas normas o partes de ellas.
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