Art. 9
Disposiciones sobre derechos adquiridos
En vigor desde 27 oct 2025
Artículo 9
Disposiciones sobre derechos adquiridos
En el caso de los organismos de evaluación de la conformidad que, antes del 17 de noviembre de 2025, hayan sido acreditados con referencia a la norma ETSI EN 319 403, versión 2.2.2, o versión anterior, a efectos de la evaluación de la conformidad con el Reglamento (UE) n.o 910/2014 de los proveedores cualificados de servicios de confianza y los servicios de confianza cualificados que prestan, se considerará que su acreditación cumple los requisitos del artículo 2, apartado 1, hasta el 17 de mayo de 2027.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:2162:oj#art-9