Art. 2
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 8 oct 2025
Artículo 2
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 11 de octubre de 2027.
Historial de versiones
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