Art. 1

En vigor desde 22 sept 2025
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido glioxílico [al que generalmente corresponde el número del Chemical Abstract Service (CAS) 298-12-4 o 6000-59-5], de una pureza mínima del 95 % en peso seco, ya sea en forma sólida o como solución acuosa con una concentración en peso superior al 40 %, incluido actualmente en el código NC ex 2918 30 00 (código TARIC 2918 30 00 13) y originario de la República Popular China. 2.   Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, de los productos descritos en el apartado 1 y producidos por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: Empresa Derecho antidumping definitivo (%) Código TARIC adicional Hubei Hongyuan Pharmaceutical Technology Co., Ltd 29,2 89 M2 Xinjiang Guolin New Materials Co., Ltd 57,3 89 M3 Otras empresas cooperantes enumeradas en el anexo 64,0 Véase el anexo Las demás importaciones originarias de la República Popular China 124,9 8 999 3.   La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (el volumen en toneladas) de ácido glioxílico consignado en esta factura, vendido para su exportación a la Unión Europea, ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Mientras no se presente esta factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a las demás importaciones originarias de la República Popular China. 4.   Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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