Art. 1
En vigor desde 12 sept 2025
Artículo 1
La parte B del anexo del Reglamento (UE) n.o 468/2010 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:1853:oj#art-1