Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 30 jun 2025
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece el marco metodológico comparativo que han de utilizar los Estados miembros para calcular los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética aplicables a edificios y elementos de edificios nuevos y existentes. Asimismo establece normas para la aplicación del marco metodológico comparativo a los edificios de referencia seleccionados.
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