Art. 2
Información que debe incluirse en el documento de viaje para animales de compañía
En vigor desde 13 jun 2025
Artículo 2
Información que debe incluirse en el documento de viaje para animales de compañía
En el documento de viaje para animales de compañía constará la información siguiente:
a)
el lugar en el que se haya colocado el transpondedor contemplado en el artículo 12, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) 2023/1231, y la fecha de su colocación en el animal de compañía o bien la fecha de lectura del transpondedor, así como el código alfanumérico único que figure en el dispositivo;
b)
el nombre, la especie, la raza, el sexo, el color y la fecha de nacimiento que haya indicado el propietario, así como cualquier otro rasgo o bien característica notable o distintiva del animal de compañía;
c)
el nombre, la información de contacto y la firma del propietario;
d)
el nombre, la información de contacto y la firma de un representante de las autoridades competentes del Reino Unido que expida el documento de viaje para animales de compañía;
e)
el número del documento de viaje para animales de compañía compuesto por el código ISO del Reino Unido, seguido de un código alfanumérico único.
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