Art. 1

En vigor desde 2 jun 2025
Artículo 1 Queda inscrito en el registro de indicaciones geográficas de la Unión el nombre «Странджански билков чай/Strandzhanski bilkov chay» (DOP).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2025:1084:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil