Art. 2

En vigor desde 14 abr 2025
Artículo 2 El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2882 se modifica como sigue: 1) En el artículo 1, se sustituye «31 de marzo de 2025» por «14 de julio de 2025». 2) En el artículo 2, se sustituye «31 de marzo de 2025» por «14 de julio de 2025».
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eli:reg_impl:2025:786:oj#art-2

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