Art. 12.tit_1
Medidas relativas al abadejo en las subzonas 8, 9 y 10 del CIEM y en aguas de la Unión de la zona 34.1.1 del CPACO
En vigor desde 30 ene 2025
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2025:202:oj#art-12.tit_1