Art. 1

En vigor desde 28 ene 2025
Artículo 1 El Reglamento Delegado (UE) 2021/931 se modifica como sigue: 1. En el artículo 4, apartado 4, el texto de la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente: «4.   Las entidades que o bien cumplan las condiciones establecidas en el artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, o bien cumplan las condiciones establecidas en el artículo 325 bis, apartado 1, de dicho Reglamento, pueden determinar el factor de riesgo más significativo aplicando, al inicio de la operación, y posteriormente con periodicidad al menos trimestral, los pasos siguientes:». 2. El artículo 5 se modifica como sigue: a) En el apartado 1, el texto de la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente: «1.   Las entidades calcularán el delta supervisor (δ) de las opciones de compra y venta asignadas a la categoría de riesgo de tipo de interés o a la categoría de riesgo de materias primas, de manera compatible con condiciones de mercado en las que los tipos de interés o los precios de las materias primas pueden ser negativos, como sigue:». b) El apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   A los efectos del apartado 1, las entidades calcularán el desplazamiento (λ) de cualquier opción de compra y venta de la manera siguiente: λ j max{umbral j  – min{P j , K j }, 0} si la opción j está asignada a la categoría de riesgo de tipo de interés; max{ – (1 + umbral j )•min{P j , K j }, 0} si la opción j está asignada a la categoría de riesgo de materias primas. donde: P j = precio al contado o a plazo del instrumento subyacente de la opción j; K j = precio de ejercicio de la opción j; um bral j = 0,10 %, si la opción j está asignada a la categoría de riesgo de tipo de interés; 0,1, si la opción j está asignada a la categoría de riesgo de materias primas. ». c) En el apartado 3, el cuadro se sustituye por el texto siguiente: «Cuadro Categoría de riesgo Instrumento subyacente Volatilidad según el método supervisor Tipo de interés Todos 50 % Materia prima Electricidad 150 % Otras materias primas (excluida la electricidad) 70 %»
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