Art. 2
En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 2
1. Se suprime la plataforma europea de resolución de litigios en línea (en lo sucesivo, «plataforma de RLL»).
2. No se podrán presentar más reclamaciones ante la plataforma de RLL a partir del 20 de marzo de 2025.
3. La Comisión informará de la supresión de la plataforma de RLL a los usuarios de esta que aún tengan asuntos en curso a más tardar el 20 de marzo de 2025 y les ofrecerá ayuda para recuperar, si así lo desean, los datos relativos a sus asuntos a los que tengan derecho de acceso.
4. A más tardar el 20 de julio de 2025, se suprimirá toda la información, incluidos los datos personales, relativa a los asuntos en la plataforma de RLL.
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