Art. 2

En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 2 1.   Se suprime la plataforma europea de resolución de litigios en línea (en lo sucesivo, «plataforma de RLL»). 2.   No se podrán presentar más reclamaciones ante la plataforma de RLL a partir del 20 de marzo de 2025. 3.   La Comisión informará de la supresión de la plataforma de RLL a los usuarios de esta que aún tengan asuntos en curso a más tardar el 20 de marzo de 2025 y les ofrecerá ayuda para recuperar, si así lo desean, los datos relativos a sus asuntos a los que tengan derecho de acceso. 4.   A más tardar el 20 de julio de 2025, se suprimirá toda la información, incluidos los datos personales, relativa a los asuntos en la plataforma de RLL.
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