Art. 2

En vigor desde 18 dic 2024
Artículo 2 Se devolverá o condonará cualquier derecho compensatorio definitivo percibido de conformidad con el artículo 1, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1268 en relación con las mercancías fabricadas por Lam Khang Joint Stock Company. Las solicitudes de devolución o condonación se presentarán a las autoridades aduaneras nacionales con arreglo a la legislación aduanera aplicable.
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