Art. 4

Formato electrónico de presentación de información y normas referentes al marcado

En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 4 Formato electrónico de presentación de información y normas referentes al marcado 1.   Al elaborar el informe relativo al impuesto sobre sociedades, las empresas velarán por lo siguiente: a) el uso del formato XHTML y la integración de marcados utilizando las especificaciones Inline XBRL, de conformidad con las especificaciones XBRL aplicables establecidas en el anexo II; b) el marcado de la publicación de información utilizando la taxonomía de base con los elementos enumerados en el cuadro 2 del anexo IV, de acuerdo con los requisitos de marcado y presentación establecidos en el anexo III. 2.   Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el apartado 1, letra b), del presente artículo, las empresas podrán marcar la publicación de información utilizando la taxonomía de base con los elementos enumerados en el cuadro 3 del anexo IV.
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