Art. 15
Reclamaciones y recursos
En vigor desde 28 nov 2024
Artículo 15
Reclamaciones y recursos
Los esquemas nacionales de certificación contendrán procedimientos o referencias a la legislación nacional aplicable, que definan el mecanismo para presentar y tramitar eficazmente las reclamaciones y los recursos en relación con su ejecución del esquema de certificación o con un certificado de conformidad expedido. Estos procedimientos incluirán la comunicación al reclamante de información sobre el avance del procedimiento y sobre la decisión adoptada, así como de información sobre su derecho a una tutela judicial efectiva. Los esquemas nacionales de certificación exigirán que todas las reclamaciones y todos los recursos que no hayan sido resueltos o no puedan ser resueltos por el organismo de certificación se remitan al dueño del esquema para su evaluación y resolución.
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