Art. 8

Información relativa a los accionistas o socios con participaciones cualificadas

En vigor desde 31 oct 2024
Artículo 8 Información relativa a los accionistas o socios con participaciones cualificadas A efectos del artículo 62, apartado 2, letra h), del Reglamento (UE) 2023/1114, los solicitantes facilitarán a la autoridad competente toda la información siguiente: a) un organigrama detallado de la estructura de participación del solicitante, incluido el desglose de su capital y de sus derechos de voto y los nombres de los accionistas o socios con participaciones cualificadas; b) para cada accionista o socio que posea una participación cualificada directa o indirecta en el solicitante, la información y los documentos establecidos en los artículos 1 a 4 del Reglamento Delegado (UE) 2025/414 de la Comisión (8), según proceda; c) la identidad de cada miembro del órgano de dirección que dirigirá la actividad del solicitante y que será nombrado por dicho accionista o socio con participaciones cualificadas, o previa designación de este; d) para cada accionista o socio que posea, directa o indirectamente, una participación cualificada en el solicitante, información sobre el número y el tipo de acciones u otras participaciones suscritas, su valor nominal, cualquier prima pagada o por pagar, cualquier garantía o gravamen, incluida la identidad de las partes garantizadas; e) la información a que se refieren el artículo 6, letras b), d) y e), y el artículo 8 del Reglamento Delegado (UE) 2025/414 de la Comisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2025:305:oj#art-8

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil